domingo, 8 de noviembre de 2015

EVOLUCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

Para hablar siempre sobre cualquier término debemos informarnos antes de su historia y fundamentarnos correctamente, en este caso sobre la legislación educativa española.

Evolución del Sistema Educativo Español

 Constitución de 1812 (1ª Constitución; Pepa): 

  En ella se establecen los primeros referentes educativos:
  • Universalidad de la Educación Primaria para toda la población y sin excepciones.
  •  Competencias de la educación sobre las Cortes.
  • Labor educativa de las Cortes gaditanas:
- Enseñanza de la lectura, escritura y cálculo
-  “Catecismo de la religión católica"
- Creación del “número competente de universidades”
- Formación de un plan general de enseñanza “uniforme en todo el reino” 
- Centralización (atribución a las Cortes de la competencia máxima en materia educativa y creación de una Dirección General de Estudios, “a cuyo cargo estará bajo la autoridad del gobierno la inspección de la enseñanza pública).
  • ·        Informe Quintana (1814): La instrucción debe ser igual, universal, uniforme, pública y libre.
  • Golpe de estado del general Elios: Se deroga la Constitución y la Educación queda en manos de la Iglesia.
  • Reglamento general de la Instrucción pública (1821): división del sistema educativo en 1ª, 2ª y 3ª enseñanza, regulación de la enseñanza pública y privada, y gratuidad de la enseñanza pública.
  • Absolutismo (Plan Calomarde -1923-) : uniformidad y reglamentación de los estudios, inspección y dirección de las escuelas, y centralización de las Universidades.
  • Década liberal (Plan del duque de Rivas -1836-): Instrucción primaria (elemental y superior), secundaria (elemental y superior), y  superior (escuelas especiales y facultades). No aplicado finalmente.
  • Década moderada (Plan Pidal -1845-): renuncia a una educación universal y gratuita en todos los grados.

 Ley Moyano (1857): 
Ley educativa hasta 1970 (Ley de instrucción pública). Creada por Claudio Moyano, fue uno de los personajes más influyentes del s. XIX. En 1841 fue nombrado primer teniente alcalde de Valladolid y en 1843 Rector de la Universidad de Valladolid. Impulsor de la Universidad, crea la biblioteca y lucha contra los poderes de la Iglesia sobre la Universidad. 

Características:

o   Consolidación del sistema. Educación liberal y estabilidad del desarrollo de la instrucción pública.
Estructura de la enseñanza: 1ª enseñanza (elemental y superior), 2ª enseñanza (bachillerato y estudios de aplicación a profesiones industriales) y nivel superior.
o   Tres niveles de administración educativa (central, provincial y local).
o   Regulación de los centros de enseñanza públicos y privados
o   Regulación de la formación inicial, forma de acceso y cuerpos de profesorado en la enseñanza pública.
o   Incorporación de los estudios técnicos y profesionales a la enseñanza postsecundaria.
o   Gratuidad de la enseñanza primaria (para quien no pueda costearla).
o   Consenso de todas las fuerzas políticas.
o   Primera república: Impulso de la libertad de enseñanza.
o   Equilibrio entre la educación pública y la privada.
o   Distinta duración de los estudios para personas con desiguales capacidades.
o   Libertad de cátedra.
Como podemos ver a través del siguiente enlace esta Ley ha sido fundamental para el crecimiento educativo de España.

REFLEXIÓN

Es curioso que a pesar de la gran cantidad de cambios políticos y sociales que se produjeron en España en esos años la Ley continuara hasta 1970. Esto es positivo ya que la educación no debería utilizarse en función de los objetivos o ideologías de los partidos políticos como ocurre en la actualidad, sino por los profesionales de la educación que si es posible seremos nosotros. No deberíamos permitir que en cada legislatura se instaure una nueva Ley y se derogue la anterior si ésta funciona, ya que esto solo despista a profesores y estudiantes, debilitando el sistema educativo y produciendo un retroceso en la educación de futuras generaciones.

·         Primera república:
o   Impulso de la libertad de enseñanza.
o   Equilibrio entre la educación pública y la privada.
o   Distinta duración de los estudios para personas con desiguales capacidades.
o   Libertad de cátedra.

·                     La restauración:
o   Constitución de 1876: 
Falta de consenso en política escolar (control ideológico de las escuelas frente a la libertad de cátedra)
o   No hay una política educativa coherente
Institución libre de enseñanza (1876). Movimiento educativo más importante hasta la fecha. Promulgada por Ginés de los Ríos, crea el actual Erasmus y las residencias de estudiantes.

o   Fin de la restauración: Negación de la libertad de cátedra.

·                     La segunda república


Constitución de la república española (1931): 

Características:

  • Escuela única, gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza primaria, libertad de cátedra y laicidad de la enseñanza. 
  • Funcionariado de los maestros, profesores y catedráticos de la enseñanza oficial. 
  • Ayudas económicas para el acceso a todos los grados de enseñanza.
  •  Regulación de la enseñanza bilingüe
  • Supresión de la obligatoriedad de la enseñanza religiosa
  • Reforma de la formación inicial de los docentes y regulación de la  inspección de la primera y segunda enseñanza.
  • Cerca de 2000 colegios nuevos.


La dictadura (FRANQUISMO)


  • Religión obligatoria en todas las escuelas y derecho de la Iglesia a la inspección de la enseñanza en todos los centros docentes
  • Politización de la educación: orientación doctrinaria de todas las materias
  • Separación de sexos.
  • Incremento del elitismo y la discriminación: “doble vía” (bachillerato para las élites y otra vía para las clases desfavorecidas.

  • Década de los 50: Nuevo enfoque de la educación, menos dogmático y más atento a la calidad intelectual de la enseñanza, generalización de la escolaridad hasta los 14 años, construcción de escuelas infantiles, e incorporación de las escuelas técnicas a la Universidad.



Ley general de educación de 1970, Ley de Villar-Palasí



La Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma educativa, fue impuesta por el ministro de Educación José Luis Villar Palasí. A pesar de ser impuesta aún durante el régimen franquista, rompe con todo lo anterior en materia de educación, y aporta modernidad al sistema educativo español. Ver video

Características:


  • No existe distinción entre clases altas y clases bajas.
  • Hace frente el  fracaso educativo hasta la fecha.
  • Combate la falta de escolaridad en el campo y el exceso en la ciudad.
  • Nuevas metodologías de estudio. Sustituye el memorismo (lo que el alumno recuerda y no lo que sabe).
  • Desaparecen las reválidas para el bachillerato.
  • Nueva Orientación universitaria (COU).
  • La escolarización de los niños comienza en preescolar a los 2 años (puente entre hogar y escuela; favorece el desarrollo físico, mental y emocional de los niños).
  • Creación de centros educativos en todo el país dando prioridad según la necesidad.
  • Educación General Básica (EGB) a los 6 años, obligatoria y gratuita para todos hasta los 14.
  • Lengua, matemáticas, sociales, naturales apoyadas por las metodologías del momento.
  • Al finalizar la EGB a los 14 años, existen dos caminos a elegir entre la formación profesional (FP) o el bachillerato (BUP), único para el acceso a los estudios superiores).
  • Universidades (carreras cortas, licenciaturas y doctorados) o Escuelas especiales.
  • Se pretende un concepto de educación  permanente, que se inicie desde muy pronto y no termine nunca.

REFLEXIÓN


Sin lugar a dudas esta fue la Ley fundamental para el desarrollo de la educación en nuestro país. Era necesaria por que en la educación se basa la sociedad de cualquier país y es importante para el desarrollo de estos.
Con la ley de Villar Palasí, se consiguió una educación gratuita y obligatoria para todos los niños españoles. Todo el mundo debe tener el derecho a poder formarse y garantizarse un buen futuro, sin hacer diferencia entre clases sociales.

·         La Constitución Española de 1978:


En su art. 27, establece los principios básicos que presiden la  legislación en materia educativa:
  • Reconoce el derecho a la educación como uno de los derechos fundamentales que los poderes públicos deben garantizar a todos los ciudadanos.
  • Garantizan las libertades individuales en materia educativa.
  • Establece el principio de participación y autonomía.
  • Distribuye las competencias educativas entre la Administración Central y las Comunidades Autónomas.
  • Establece otros derechos relacionados con la educación.


·         Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE 1985).

Características:

  • Establece los fines generales de la educación que giran en torno a la formación personal, intelectual y profesional de los alumnos y alumnas y su preparación para la participación social, democrática y solidaria.
  • Refrenda la garantía de una enseñanza básica, gratuita y obligatoria para todos.
  •  Garantiza y desarrolla el derecho a la libre enseñanza y el acceso sin discriminaciones a los niveles superiores de educación
  • Regula la participación de la sociedad en la educación a través de la creación de los Consejos Escolares.
  • Reconoce la libertad de asociación, federación y confederación de los padres y de los alumnos.
  • Racionaliza la oferta de puestos escolares financiados con fondos públicos creando una red de centros privados concertados.
  • El gobierno de los centros queda depositado en sus órganos de gobierno colegiado y unipersonales.


Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE  1990):

Características:

Diferencias entre la Ley General de Educación (1970) y la L.O.G.S.E. (1990).

  • Reordena el sistema educativo estableciendo unas enseñanzas de régimen general y otras de régimen especial.
  • Amplía la duración de la enseñanza básica obligatoria de los 6 a los 16 años.
  • Regula la etapa previa  a la escolaridad obligatoria: Educación infantil (no obligatoria) de 0-3 años y de 3-6 y la educación de las personas adultas
  • Establece una reforma profunda de la Formación Profesional.
  • Atiende a la compensación de las desigualdades en educación.
  • Parte del principio de normalización e integración social del alumnado con necesidades educativas especiales.
  • Define los factores que contribuyen a la mejora de la calidad de la enseñanza.
  • Determina los aspectos básicos del currículo (objetivos, contenidos, metodología y criterios de evaluación)
  • Competencias por parte de las Comunidades Autónomas, reforzando la diversidad e identidad cultural, lingüística y educativa (oportunidad al bilingüismo y a la inclusión de materias propias de la cultura de cada territorio)




Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG 1995):

Características:


  • Regula la organización y funciones de los órganos de gobierno de los centros públicos  (Consejo escolar y Claustro de profesores) para adecuarlos a lo establecido en la LOGSE.
  • Refuerza las funciones de los Consejos Escolares y añade nuevas.
  • Concede mayor importancia a la elección del Director/a.
  • Regula el ejercicio de la Inspección por la Administración Educativa.
  • Establece las medidas para garantizar la escolarización del alumnado con NEE en los centros sostenidos con fondos públicos.
  • Trata el tema de las actividades extraescolares
  • Importancia de la evaluación de los centros, de la función pública docente, de la labor directiva y de la inspección, así como de la formación del profesorado.


Ley Orgánica de la Calidad de la Enseñanza (LOCE 2002)

Características:


  • Reordena el sistema educativo: sustituir el sistema curricular por un regreso a los programas escolares de los años 70, posibilidad de establecer itinerarios en la ESO, suprime la promoción automática de curso.
  •  El objetivo es reducir el fracaso escolar, elevar el nivel educativo y estimular el esfuerzo, a través de mayores exigencias académicas.
  •  Respalda el principio de autoridad en los centros docentes y eliminar la indisciplina.
  • Modifica la evaluación y la promoción del alumnado, estableciendo pruebas extraordinarias en Secundaria y una Prueba General de reválida en Bachillerato.
  • Separa la participación en los centros (Consejos Escolar y Claustro) de la dirección (Equipo directivo).
  • Cambia el sistema de elección del director/a de los centros.
  • Finalmente no fue puesta en marcha, siendo reemplazada por la LOE


Ley  Orgánica de Educación (LOE 2006)

Características:


  • La LOE promueve una “educación para todos”, una educación para todas las personas independientemente de sus condiciones y circunstancias, con igualdad de oportunidades.
  • Educación sin discriminación a pesar de las desigualdades sociales.
  • Apostar por la formación laboral, aumentando la oferta y las posibilidades de la formación profesional.
  • Modifica los niveles universitarios para adaptarlos a Europa. Desaparecen las diplomaturas y las licenciaturas y aparecen los grados.
  • Fija nuevos porcentajes de currículo para las comunidades con y sin lengua cooficial.
  • Hace obligatorio el “Plan de lectura” en los centros.
  • Crea  el Máster universitario para profesorado de Educación Secundaria, Bachillerato, FP e idiomas (formación continua del profesorado).
  • Introduce el pleno desarrollo de las capacidade.
  • Interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.
  • Ciudadanía y participación con actitud crítica y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.
  • Atención a la diversidad de todos los alumnos como principio fundamental y a adopta las medidas organizativas y curriculares necesarias para ello.




Ley Orgánica para la Mejora de la Capacidad Educativa (LOMCE 2013)

Características:


  • Evaluaciones al final de cada etapa o revalidas, en Primaria, ESO, Bachillerato y FP. Los exámenes de ESO y Bachillerato serán necesarios aprobarlos para obtener títulos de Graduado en ESO y Bachillerato.
  • Prueba en 3º de Primaria, para la detección precoz de problemas de aprendizaje en los alumnos.
  • Se adelantan los itinerarios. En 3º de la ESO los alumnos se orientarán hacia la FP o el Bachillerato a través de asignaturas optativas, y tendrán que elegir Matemática orientadas a las enseñanzas académicas o aplicadas. Las dos vías estarán diferenciadas en 4º de la ESO.
  • División de asignaturas en troncales, específicas y de libre configuración autonómica.
  • Castellano como lengua principal, para garantizar la posibilidad de estudiar castellano en las comunidades con lengua autonómica cooficial.
  • Educación para la Ciudadanía desaparece como asignatura y sus contenidos se integran de manera transversal en otras asignaturas.
  • Religión y alternativas. La asignatura de Religión y sus asignaturas alternativas, Valores Culturales y Sociales en Primaria y Valores Ético en Secundaria, serán evaluables y la nota contará para la media del curso y a la hora de solicitar becas.
  • Formación Profesional. Se crea una FP básica de dos cursos para alumnos de segundo o tercero de la ESO, a partir de los 15 años,  que tengan dificultades para seguir la enseñanza convencional.
  • Acceso a la Universidad. El título de bachiller será suficiente para acceder a la Universidad, pero cada centro universitario podrá hacer sus propias pruebas de acceso y valorar otra información complementaria.
  • Dota de mayor protagonismo al director y las direcciones provinciales con asesoramiento del centro, pero pierde protagonismo el Consejo Escolar (función evaluadora).
  • Mayor protagonismo a los niveles..
  • PCPI (Programas de Cualificación Profesional Inicial) pasan a ser de dos años considerado como educación básica, obligatoria y gratuita.
  • Comisión de coordinación pedagógica CCP (da las orientaciones básicas para hacer las programaciones didácticas).
  • Sube el nivel de contenidos se relacionan directamente con los criterios de evaluación.
  • Cambia la duración de las clases.
  • Potencia el plurilingüismo, TICs y trabajo colaborativo.



"NUEVAS" COMPETENCIAS CLAVES


Siete son las competencias que ha traído consigo la LOMCE


Con la LOMCE se ha eliminado una de las ocho competencias básicas del currículo, llamadas ahora competencias clave. Combina las relativas al mundo científico y matemático, y elimina la autonomía personal para sustituirla por la iniciativa y el espíritu emprendedor.





Bibliografía

Araque, N. (2009). La educación en la Constitución de 1812. Antecedentes y consecuencias. Revista de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Elche. Volumen (nº 1), pp. 1-21. Recuperado de: https://revistasocialesyjuridicas.files.wordpress.com/2010/09/05-tm-01.pdf
- Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. (s.f.). Competencias clave. Recuperado de http://www.mecd.gob.es/mecd/educacion-mecd/mc/lomce/el-curriculo/curriculo-primaria-eso-bachillerato/competencias-clave/competencias-clave.html
- Rodríguez, J. (2015). Apuntes de la asignatura procesos y contextos educativos en Educación Secundaría. Toledo: Universidad de Castilla-La Mancha.

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